La misma está montada en el Museo Ivy Marä Ey del Gobierno de Chajarí y permanecerá en la ciudad hasta el 18 de junio.
Se trata de un Exposición Fotográfica y de Objetos Históricos sobre la Ley Sáenz Peña denominada “La Elección de la República”. Es una muestra que llega a Chajarí en el marco de un convenio firmado por el Presidente Municipal Pedro Galimberti con la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda de la Nación.
La muestra fue inaugurada el año pasado con motivo del centenario de la primera elección presidencial bajo ésta ley en la Sede del Archivo General de la Nación en la Ciudad de Buenos Aires. Consta de paneles de fotografía con urnas que fueron utilizadas a lo largo del tiempo, y con otros objetos históricos de interés como boletas, sellos, libros.
“La Elección de la República” puede visitarse en el Museo Ivy Marä Ey de lunes a viernes de 7 a 13 y los sábados y domingos de 15 a 21 horas. Con posterioridad se trasladará al Museo “Camila Quiroga”.
De esta manera la muestra “quedará a disposición de estudiantes y público en general que desee hacer un recorrido por los sucesos que llevaron a la sanción de ésta Ley, pero también es una propuesta que nos invita a reflexionar sobre nuestro presente y el futuro” comentó la Directora de Educación del gobierno de Chajarí Fabiola Fochesatto Brunini.
Ley Sáenz Peña
La Ley Sáenz Peña, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina el 10 de febrero de 1912, estableció el voto universal secreto y obligatorio para los ciudadanos argentinos, nativos o naturalizados, mayores de 18 años de edad, habitantes de la nación y que estuvieran inscriptos en el padrón electoral .
Esta ley debe su nombre a su impulsor, el Presidente Roque Sáenz Peña, miembro del ala modernista del Partido Autonomista Nacional. Fue coautor de la misma el político católico Indalecio Gómez.
En la ley el derecho al voto no fue establecido universalmente. En principio, excluyó de plano a las mujeres (el voto femenino sería aprobado más de 30 años después, en 1947) y a los habitantes de los territorios nacionales. Otras personas que eran consideradas incapaces de ejercer el derecho fueron los dementes declarados en juicio y los sordomudos que no podían expresarse por escrito. Por su estado y condición se hallaban imposibilitados de votar los religiosos, los soldados y los detenidos por juez competente. Por causas de indignidad, no podían sufragar los reincidentes condenados por delitos contra la propiedad, durante cinco años después de cumplida la condena, los penados por falso testimonio y por delitos electorales, por el lapso de cinco años .
Las juntas escrutadoras de votos eran las encargadas del recuento de las votaciones, reuniéndose en la Cámara de Diputados de la Nación o en la Legislatura, constituyéndose dichas juntas en cada capital de provincia, integrada por el Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, el Juez Federal y el Presidente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. En la capital de la república la integró el Presidente de la Cámara Civil.
La primera aplicación de la ley fue en abril de 1912, en Santa Fe y Buenos Aires. Las primeras elecciones presidenciales realizadas bajo el sistema de la ley ocurrieron en 1916, cuatro años después de su sanción, y resultaron el triunfo del candidato por la Unión Cívica Radical, Hipólito Yrigoyen, la principal fuerza opositora al Partido Autonomista Nacional y que hasta entonces no había accedido al poder.