Por intermedio del Decreto N°812/2018 el Departamento Ejecutivo estableció que el listado que se confecciones será utilizado como definitivo para la adjudicación de viviendas que puedan entregarse en 2019.
En este sentido, el mencionado Decreto, dentro de sus considerandos, indica que en el marco de la imparcialidad requerida en la elaboración de un registro de demandante, se determina la necesidad de que sea público y definido por una seria de requerimientos iguales para todos los inscriptos, otorgando a estos la posibilidad de realizar dicha inscripción, sin costo alguno, y con la única obligación de completar toda la documentación requerida.
Del mismo modo, señala que una adecuada política de vivienda debe incluir el conocimiento cabal de la demanda desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo, por cuanto se hace imprescindible contar con un registro único, público y permanente de demandantes. Además, el Decreto Nº 812/2018 dice que la situación de estos últimos es dinámica, con modificaciones periódicas en todas las dimensiones que definen el contexto social de una familia y originadas por cambios en situación laboral, nacimiento de un hijo, casamiento, entra otras cosas, escenarios que inmediatamente se deben reflejar en la ficha del registro correspondiente.
También, el Decreto menciona que es imprescindible dar un plazo razonable para la actualización y/o posible inscripción, con cierre temporario, mientras dure dicho periodo, de incorporación de nuevos grupos familiares demandantes. En cuanto a esto, dichas fechas serían: 30 de noviembre de 2018 cierre de periodo para inscripción/actualización, 20 de diciembre de este año publicación de listados con puntajes y, a partir del primer día hábil del 2019, se reabriría el periodo de inscripción.
Por lo mencionado con anterioridad, entre otras cuestiones, el Artículo 1º del Decreto Nº 812/2018 dice: dispónese como fecha tope para inscripción/actualización de demandantes de viviendas en un todo de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Nº 1594 del HCD, el 30 de noviembre de 2018, a efectos de cumplimentar con la elaboración del listado en función de lo dispuesto en el Artículo 8 inciso 1 y 2 de la mencionada norma. El Área de Vivienda publicará el listado de puntaje que surja de dicho listado el 20 de diciembre próximo, debiendo reabrir el registro para nuevos inscriptos el primer día hábil para la administración municipal del 2019.
Para más información o evacuar dudas al respecto, los interesados pueden acercarse a la Oficina de Vivienda que funciona en el Parque Tambor de Tacuarí, de lunes a viernes de 7 a 13 horas, enviar un correo electrónico a viviendas@chajari.gob.ar o llamar telefónicamente al 424463.
Registro de Demanda Habitacional de Vivienda
Gustavo Walther, responsable del Área de Vivienda del Municipio, explicó, “este registro tiene tres categorías: por un lado, el acceso al terreno; por el otro, el acceso a la vivienda para quienes ya cuentan con un terreno propio; por último y quizás el que más demanda tiene, es el de terreno y vivienda, es decir, donde se nuclean ambas solicitudes. Lo que ahora tratamos de dar a conocer es que habrá un cierre definitivo del periodo de inscripción para esta última categoría, ósea, para la de terreno y vivienda”.
Asimismo, Walther agregó que todos los programas con los que trabaja el Gobierno local tienen una fecha de apertura y otra de cierre. “A nuestro Registro de Demanda Habitacional de Vivienda lo hemos trabajado en su totalidad, sin ponerle fecha límite. No obstante, para poder tener un listado provisorio pusimos como fecha de cierre el 30 de noviembre próximo”, dijo. Y continuó, “todas las personas que estén inscriptas para la categoría de terreno y vivienda, tienen tiempo hasta esa fecha para hacer la nueva inscripción, para hacer la actualización de la documentación, la reinscripción o traspaso de cualquiera de los otros programas a éste”.
“Este listado provisorio quedará sujeto a revisaciones, tanto nuestras como de los vecinos. Por eso, daremos a conocer el listado para que los vecinos, también, colaboren si hay cosas que se le escapan al Estado Municipal y, en este sentido, realizar cualquier tipo de denuncia anónima”, se explayó Gustavo Walther. “Lo que queremos es que la gente se comprometa en estos casi 30 días a poder traer la mayor cantidad de información necesaria que se les solicite, es decir, que los expedientes estén a la orden del día. En cuanto a esto, cabe resaltar que quienes se anotaron en este 2018 ya tienen los expedientes completos, pero quienes lo hicieron anteriormente sí deben actualizar la información, ya que la Ordenanza Nº 1594 – que regula la documentación que debe presentar cada inscripto – establece cuatro requisitos: ser mayor de 21 años de edad; tener 10 años de residencia en Chajarí comprobables; no registrar ningún bien inmueble a su nombre; y no haber sido beneficiado por un programa otorgado por el Estado. Y, dentro de la documentación que se debe presentar, la Ordenanza indica que se la debe presentar de manera anual, es decir, no establece fechas pero dice que los expedientes deben ser actualizados anualmente”, concluyó.