De esta manera se amplía nuevamente la adjudicación de la Licitación Pública Nº 002/2016, establecida por Decreto Nº 178/2016 para la concesión de la Línea Nº1 de Transporte Urbano de Pasajeros conforme a la Ordenanza Nº 1570 del HCD.
La primera prórroga se estableció el año pasado, viéndose en la necesidad de extender nuevamente la concesión en el marco del distanciamiento, social, preventivo y obligatorio, que no permite desarrollar con total normalidad el transporte urbano de pasajeros, debido a la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la salud (OMS) con relación al Covid-19.
El servicio de transporte urbano de pasajeros se encuentra a cargo de la Cooperativa de trabajo "Nuevo Expreso" de Chajarí Ltda., la cual comenzó con sus tareas el 10 de marzo del año 2012, y cuya base se encuentra en avenida 9 de Julio 1005. Cabe recordar que los recorridos de las diferentes líneas pueden consultarse mediante el servicio que ofrece el Gobierno de la Ciudad, ingresando a: https://chajari.gob.ar/andoencole/. También la empresa cuenta con una página web http://www.urbanochajari.com.ar con información de recorridos y números de contacto.
Cabe recordar que la Ordenanza Nº 1570 del HCD, con fecha del 23 de febrero del 2016, autoriza al Ejecutivo Municipal "a efectuar llamado a licitación pública para la adjudicación de la concesión de la línea Nº 1 de Transporte Urbano de Pasajeros, (Colectivos urbanos), a prestarse como servicio público municipal concesionado por quien o quienes resulten adjudicatarios en dicho proceso licitatorio, en un todo de conformidad a las normas que se prevean en los Pliegos Generales, Especiales, Convocatoria, Ofertas y oportuno Decreto de Adjudicación y contrato de concesión, para lo cual queda otorgada la presente autorización para impulsar los trámites pertinentes para tales objetivos".
También se aclara que "serán de aplicación las normas vigentes para contrataciones en el Municipio, Pliegos Generales de Licitación u otras normas que encuadren en el marco Constitucional de Entre Ríos, en la Orgánica Municipal y fueren de aplicación en el Municipio autónomo local. El procedimiento licitatorio, intervención de comisiones de estudio de ofertas y asesorías, se hará conforme normas vigentes en el municipio, como previo a todo acto de adjudicación y concesión".