El acto tendrá lugar en la esquina de Repetto y Tabeni, y contará con la presencia de funcionarios del Gabinete Municipal, miembros del Concejo Deliberante, frentistas y demás vecinos del barrio Villa Alejandrina. De esta manera se estará inaugurando oficialmente la obra de pavimentación urbana de dos nuevas cuadras de calle Repetto, y una cuadra de calle Jaime Tabeni.
Ambos proyectos de obra del Ejecutivo Municipal ingresaron por fuera del orden del día en la sesión del 7 de julio del presente año, y se elevaron a Comisión de Hacienda para su tratamiento, cuyos despachos se aprobaron por unanimidad en la Décima Segunda Sesión Ordinaria del año Legislativo Nº 59, que tuvo lugar el 21 de julio.
Por su parte, el día 20 de julio se realizó una reunión informativa con los vecinos frentistas de ambas arterias, la cual tuvo lugar a las 20 hs. en instalaciones de la Escuela Municipal de Sordos e Hipoacúsicos "Héroes de Malvinas". En la misma se conversó con los vecinos sobre el proyecto de pavimentación, las modalidades de pago y los posibles tiempos de ejecución, entre otros puntos.
El monto total de las dos cuadras de calle Repetto asciende a la suma de $10.500.000.- y la cuadra de Jaime Tabeni a $5.500.000.-, ambos valores son los calculados al momento de aprobarse la ejecución de las obras. Dichas obras se realizaron por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras. Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés; y para casos fundados y especiales (previo estudio socio-económico) podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas en el inciso anterior, hasta 60 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente.