El acto tendrá lugar en intersección con calle Domingo Baloni, donde también se avanza con el pavimento en la cuadra comprendida entre Estrada y Arroyo Yacaré. El mismo contará con la presencia de funcionarios del Gabinete Municipal, miembros del Concejo Deliberante, frentistas y demás vecinos del barrio Villa Alejandrina.
El proyecto de Ordenanza declarando de Interés General la pavimentación de 2 nuevas cuadras de calle Repetto, entre Salvarredy y Álvarez Condarco, se aprobó en la sesión del 1 de septiembre, luego de ser tratado en Comisión de Hacienda. La obra se presentó a los vecinos frentistas el día jueves 2 de septiembre, a las 20 horas, en Sala Independencia del Centro Cultural Municipal.
Estas nuevas cuadras de pavimento de calle Repetto se suman a las 2 cuadras de dicha arteria inauguradas el pasado 16 de noviembre, entre Salvarredy y Av. Belgrano, a otras 2, entre Urquiza y Bolívar, inauguradas el 27 de septiembre, y al pavimento de otras 3 cuadras de calle Repetto, entre Av. Siburu y Urquiza, que se inauguraron el 29 de julio. De esta manera ha quedado pavimentada esta importante arteria de nuestra localidad en el tramo de 11 cuadras, comprendido entre las avenidas Siburu y Almirante Brown.
La obra de pavimento de calle Repetto, entre Salvarredy y Álvarez Condarco, se realizó por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras. Los trabajos se harán conforme a la planimetría, elementos, materiales y demás componentes de las carpetas técnicas que fueran confeccionadas por la Secretaría de Obras Públicas del Municipio.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés; y para casos fundados y especiales (previo estudio socio-económico) podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas en el inciso anterior, hasta 60 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente.