Obras y Servicios Públicos 25 junio 2021

Para presentar el proyecto de pavimento el Municipio convoca a frentistas de calles Repetto y San Martín
Se trata de los vecinos que viven en Repetto entre Bolívar y Urquiza; y San Martín, entre Estrada y Repetto. La reunión se llevará a cabo este lunes 28 de junio, a las 20 hs. en la Escuela de Sordos e Hipoacúsicos “Héroes de Malvinas”.

El Municipio realizará dicha reunión informativa con el objetivo de conversar con los vecinos de esta zona de la ciudad sobre los proyectos de pavimentación, las modalidades de pago y los posibles tiempos de ejecución, entre otros puntos.
Ambos proyectos del Ejecutivo han sido elevados a la Comisión de Hacienda para su tratamiento, cuyos despachos se estarían aprobando en la sesión del próximo miércoles 30 de junio.
Con los mismos se pretende declarar de interés general de los vecinos del Municipio de Chajarí, y por ende, de interés municipal, a la obra de pavimentación urbana de dos nuevas cuadras de calle Repetto, y una cuadra de calle San Martín, en zona de barrio La Tablada, que habrán de realizarse por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras.
Las obras se harán conforme a la planimetría, elementos, materiales y demás componentes de las carpetas técnicas que fueran confeccionadas por la Secretaría de Obras Públicas del Municipio.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés; y para casos fundados y especiales (previo estudio socio-económico) podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas en el inciso anterior, hasta 60 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente.

Cargando…
Cargando…