Se trata del programa "Un tanque para mi hogar”, establecido por Ordenanza Nº 3063 del HCD, promulgada por Decreto Nº 1012 del Ejecutivo, que está a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, por intermedio del Organismo Autárquico Municipal de la Vivienda. El mismo consiste en una propuesta para promover la compra e instalación domiciliaria de tanques de agua de reserva.
Los interesados en acceder a este beneficio podrán inscribirse desde el 4 al 15 de noviembre en la página web www.chajari.gob.ar. Los solicitantes deberán tener domicilio en Chajarí presentando DNI, ser titulares del inmueble donde se pretende instalar el tanque de reserva, no adeudar tasas ni planes municipales, y presentar garante con recibo de haberes. La documentación requerida para la inscripción consiste en copia de la 1º y 2º hoja del DNI del interesado y del garante. Recibo de sueldo, comprobante del CBU y Partida Municipal del interesado.
El monto del subsidio reintegrable se deberá rendir dentro de los 30 días de recibido el beneficio, mediante la presentación de la factura correspondiente, y el beneficiario deberá firmar un convenio con el Municipio en el cual se compromete a la devolución del subsidio reintegrable en hasta un máximo de 10 cuotas iguales y consecutivas, sin interés de financiación, que vencerán los días 25 de cada mes, comenzando al mes siguiente del otorgamiento. El no pago en término de las cuotas devengarán un interés equivalente al que se cobra en la Tasa General Inmobiliaria.
El Programa “Un tanque para mi hogar” es proyectado por el Gobierno local visto la necesidad y oportunidad de implementar políticas orientadas a garantizar mejores condiciones de acceso a los servicios públicos esenciales que brinda la Municipalidad de Chajarí, por parte de los vecinos de la ciudad. Para el mismo se destinará un fondo de 12 millones de pesos a distribuir en 30 subsidios reintegrables de 400 mil pesos cada uno. El Proyecto del Ejecutivo se votó positivamente por unanimidad en la sesión del jueves 31 de octubre del Concejo Deliberante luego de ser tratado en Comisión de Hacienda, sancionando la Ordenanza Nº 3063.
La misma manifiesta en sus considerando que la ciudad tiene un porcentaje amplio de cobertura del servicio y se trabaja en forma continua en garantizar las nuevas conexiones que los vecinos solicitan. Que, cuando se producen interrupciones eventuales del servicio, se ha identificado que muchos vecinos se ven impedidos de acceder al agua potable por no contar, en sus domicilios, con tanques de reserva que les podrían asegurar el almacenamiento y provisión en cantidad suficiente para atender contingencias. Que el acceso al agua potable es un recurso escaso y esencial para la vida y que es una responsabilidad del Estado garantizar su acceso a la población.
Dando cuenta además que esta administración municipal tiene probada experiencia en la creación e implementación de planes, programas y proyectos que, mediante el sistema de esfuerzo compartido, con el otorgamiento de subsidios reintegrables, mejoran la calidad de vida de los vecinos de Chajarí.