La Ley 27.399, que fue promulgada semanas atrás, habilitó al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turística.
La norma, además, establece que los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles pueden ser trasladados al día lunes anterior y, aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente.
A través del Decreto 923/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial el 10 de noviembre pasado con la firma del Presidente Mauricio Macri; el Jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el Ministro de Turismo, José Gustavo Santos, se comunicó que serán días no laborables puente los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son tres lunes que anteceden a los feriados del Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente. El mismo texto adelanta los días que oficiarán de puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
Feriados mes a mes
Enero
-1: Año nuevo
Febrero
-3: Batalla de Caseros (provincial)
-12 y 13: Carnaval
Marzo
-24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
-29 y 30: Jueves y Viernes Santo
Abril
-2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
-30: Feriado puente turístico
Mayo
-1: Día del Trabajador
-25: Día de la Revolución de Mayo
-28: Aniversario de Fundación de Villa Libertad (local)
Junio
-17: Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
-20: Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
Julio
-9: Día de la Independencia
Agosto
-20: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
-30: Fiesta de Santa Rosa de Lima, Patrona de Chajarí (local)
Septiembre
-29: Fiesta de San Miguel Arcángel, Patrono de la Provincia de Entre Ríos (provincial)
Octubre
-15: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Noviembre
-19: Día de la Soberanía Nacional
Diciembre
-8: Inmaculada Concepción de María
-24: Feriado puente turístico
-25: Navidad
-31: Feriado puente turístico