Transporte 04 mayo 2020

Esta semana el Municipio realiza la desinfección gratuita de remisses
La atención se realiza en el Corralón Municipal. La misma tendrá lugar desde este lunes 4 al viernes 8 de mayo, de 6 a 12 horas, por orden de llegada.

Cabe recordar que, mediante Decreto N°294/2020, ad-referéndum del Concejo Deliberante, el Gobierno de Chajarí ha decidido que en el presente mes de mayo los remisses sean exceptuados del pago de dicho servicio; medida que beneficia a trabajadores de este sector que, como consecuencia de la emergencia sanitaria, vio mermada su actividad.
La desinfección y control de documentación de transporte de pasajeros se realiza mensualmente en la Oficina de Transporte, ubicada en Dr. Planas y Alberdi (detrás del Corralón Municipal). Esta actividad está destinada a Remisses, Taxis, Colectivos, Trafic y Zafreros por un costo de $837,20.- por mes.
En el lugar, aquellos choferes que tengan a su cargo vehículos habilitados para el transporte de pasajeros, deberán presentar la siguiente documentación del vehículo: Revisión Técnica, seguro para transporte de pasajero y vehículo radicado en la localidad. Además el conductor deberá contar con Carnet Habilitado para transporte de pasajeros, licencia de transporte de pasajeros, libreta sanitaria, y presentar DNI.

En mayo los remisses estarán exceptuados de pagar la desinfección

Esta medida ha sido establecida por el Ejecutivo Municipal mediante Decreto N°294/2020, ad-referendum del Concejo Deliberante, y aprobada por Ordenanza N°2193 en la última sesión.
Según lo expresado en el Decreto, la misma se toma visto “la compleja situación económica que afecta a los prestadores de servicios, como en este caso los remises, que no han podido desarrollar sus tareas como habitualmente lo hacen, debido a la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la pandemia del COVID-19, sancionado por el Decreto N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional”, lo que ha ocasionado que se reduzcan sus ingresos.
Por otra parte, en sus considerando se da cuenta que “a través de Decisiones Administrativas de Jefatura de Gabinete de Ministros N° 429/2020, 450/2020, 467/2020, 468/2020 y 490/2020 se definió la ampliación de actividades exceptuadas”.
Además de hacer mención “que los vehículos que transportan personas están sujetos a control de ins¬pección higiénico-sanitario, conforme a lo establecido en la OIA – Título IV – Capítulo 1 – Desinfección de vehículos: Autos para transporte de personas por mes”; y establecer “que, sin subestimar la importancia que tiene en este contexto la emergencia sanitaria producto de la pandemia, es necesario poder contemplar la situación de los sectores de la economía local que vieron mermada su actividad económica, quienes tienen que hacer frente a gastos de distintos tipos”.

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