La mayor cantidad de ellas corresponden al rubro despensa. La tarea fue realizado por 4 inspectores del Área de Bromatología municipal.
El Gobierno de Chajarí realizó durante 2016 un total de 1106 inspecciones bromatológicas. Esta tarea fue llevada a cabo por cuatro inspectores que trabajan bajo la coordinación de la Tec. Griselda Quintana.
La cifra surge el Informe Bromatológico elevado por Quintana al Secretario de Gobierno, Rubén Dal Molín y allí también se pone en evidencia que la mayor cantidad de inspecciones corresponden a los rubros: despensa (427), kiosco (141), panaderías (101) y minimercados (86). Aunque en menor medida también se realizaron inspecciones en carnicerías (68), supermercados (60), distribuidoras (51), fruterías/verdulerías (28), bares (21), panificación artesanal (16), almacenes (16), elaboración de panchos (13) y elaboración y ventas de comida (11). Los rubros que completan la nómina de comercios inspeccionados son rotiserías (3), ventas ambulantes (1), pollería (1), autoservicio (1) y otros rubros sin clasificar (61).
Por intermedio de esta tarea de inspección el Municipio ejerce su rol de vigilancia y controlar, buscando de esta manera que los locales comerciales cumplan con la legislación vigente y, de esta manera, garantizar la salud alimentaria de la población. En este sentido es importante señalar que si bien las inspecciones tienen un fin preventivo en algunos casos fue necesario tomar medidas de clausura, en virtud de las irregularidades identificadas.
En qué consisten las inspecciones
Las mismas se realizan teniendo en cuenta los siguientes ítems: la habilitación del comercio a través de trámites realizados ante el Gobierno Municipal; y las condiciones del local comercial.
Entre estas últimas se examinan las características edilicias, el estado de la mercadería (fechas de vencimiento, conservación), la ubicación de los productos, el sistema de refrigeración de los mismos y la higiene del lugar (limpieza y desinfección).
De encontrarse todo en regla se labra un acta de visita dando cuenta de ello. En caso de presentarse anormalidades se procede a la clausura preventiva del comercio, dando la posibilidad de que el comerciante revierta su situación para así proceder a una nueva inspección.
Estas inspecciones están normalizadas por Ordenanza Municipal Nº102/01 reglamentada por Decreto 109/05 del Departamento Ejecutivo basados en la Ley 18.284 del Código Alimentario Argentino.