El Superior Tribunal de Justicia revocó el fallo oportunamente dictado por la Dra. Mónica Olivi ante la presentación de las agentes municipales, quienes promovieron una acción de amparo contra el Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo.
Dicho amparo solicitaba la nulidad de dos Ordenanzas (1558 y 1557) y dos Decretos (923 y 922) por las cuales se las despidió. Ambas habían sido nombradas en la gestión anterior.
Con este fallo el Superior Tribunal de Justicia (STJ) sentó un precedente en un caso en el que dos trabajadoras estatales fueron exoneradas.
La empleadas de la Municipalidad de Chajarí fueron a la Justicia luego de que el cuerpo deliberativo aprobara el 30 de diciembre pasado las iniciativas en las que se dejaba sin efecto sus nombramientos.
En primera instancia, la jueza de feria Mónica Liliana Olivi hizo lugar al planteo y declaró inconstitucionales a las iniciativas legislativas y los decretos del intendente radical, Pedro Galimberti. De allí que las agentes fueron reincorporadas.
Ante esto, el jefe comunal apeló y el expediente llegó a Paraná. La Sala Penal y de Asuntos Constitucionales del STJ, integrada por Claudia Mizawak, Daniel Carubia, Carlos Chira Díaz, revocó la sentencia de primera instancia y le dio la razón a Galimberti al entender que en los actos administrativos no hubo lesividad.