El Departamento Ejecutivo envió un proyecto de Ordenanza al Concejo Deliberante y convoca a los vecinos frentistas a una reunión que se llevará a cabo el jueves 9 a las 20 horas en Santa Fe y Rivadavia.
En la ocasión, se compartirá con los vecinos las características de la obra a llevar a cabo, los plazos tentativos de ejecución y, tomando como referencia los valores obtenidos para las últimas obras de pavimentación realizadas, se les anticipará los costos de ejecución de dicha obra. En este último sentido, vale anticipar que los valores son sensiblemente menores al monto de otros trabajos de este tipo que se han realizado anteriormente.
El Proyecto de Ordenanza, presentado por el Ejecutivo, dentro de sus considerandos, dice que en la plataforma política oportunamente votada por la mayoría de los vecinos de Chajarí, fue previsto el impulso de obras de pavimentación, por administración y por el sistema de contribución por mejoras, a efectos de lograr el recupero de la inversión inicial para la planificación de un desarrollo urbano en forma continua, armónica y sustentable. Asimismo, indica que la sustentabilidad de todo plan de pavimentación comienza por la proyección y diseño de la carpeta técnica que propiciará el criterio técnico que servirá al dirigente político en la adopción de las medidas necesarias para el impulso del proyecto.
Por lo mencionado anteriormente, entre otras cuestiones, el Artículo 1° del Proyecto de Ordenanza indica: Declárese de interés general de los Vecinos del Municipio de Chajarí, y por ende, de interés municipal, a las obras de “pavimentación urbana” de calle Santa Fe entre Pablo Stampa y 3 de Febrero de nuestra ciudad, obra que habrá de realizarse “por administración municipal”, sujeto, el recupero de toda inversión, al “Régimen de Contribución por Mejoras”.
En cuanto a las formas de pago, se mencionan tres alternativas. Por un lado, contado y/o hasta 3 cuotas iguales y consecutivas manteniendo el precio establecido. Por otro lado, financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual. Por último, para casos fundados y especiales – previo estudio socio-económico – podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante local.
(Foto: ilustrativa).