Producción 11 mayo 2017

El Gobierno de Chajarí recuerda que está prohibida la poda sin autorización
Quienes deseen hacerlo, deben tramitar la autorización correspondiente ingresando, para ello, una solicitud por intermedio de Mesa de Entradas del Municipio de Chajarí.

Quienes deseen hacerlo, deben tramitar la autorización correspondiente ingresando, para ello, una solicitud por intermedio de Mesa de Entradas del Municipio de Chajarí.
Hugo Balzer, responsable del Área de Producción del Gobierno de Chajarí, informó que para llevar adelante la poda, los interesados deben presentar una nota en el Municipio y, posteriormente, desde dicha área se corrobora si es posible permitirla o no. Asimismo, hizo hincapié en que hay una época indicada para dicha actividad: de junio a agosto.
Por otro lado, Balzer aseguró que mediante la nota que se debe presentar para obtener la autorización correspondiente, los interesados deben indicar si harán una auto poda o si necesitarán el servicio del Municipio. “Nosotros evaluamos cada caso, vamos al lugar y allí vemos si se puede y si es necesaria la poda. Vemos, en diferentes puntos de la ciudad, el deterioro de algunos árboles y eso se debe a las malas podas realizadas años atrás”, explicó.
En este sentido, cabe mencionar que la Ordenanza Nº 042/2000 del Honorable Concejo Deliberante, dentro de sus considerando, indica que es necesario difundir el arbolado público y a la vez protegerlo de las depredaciones a que se encuentra sometido. Además, dice que es preciso establecer la competencia exclusiva de la autoridad municipal al respecto, impidiendo que se continúen cometiendo acciones, en perjuicio del arbolado público.
De la misma manera, dicha Ordenanza señala que el árbol es un bien comunitario y que se debe declarar al arbolado público como un servicio público y como tal, su plantación, mantenimiento y conservación está fundamentalmente dentro de la órbita de los servicios que presta el Municipio. Por ello, entre otras cuestiones, el Artículo 1º dice: Establécese por la presente el ordenamiento sobre el arbolado y los espacios verdes públicos, quedando sujetos a las restricciones y condiciones de la misma, declarándose de interés público la implantación de árboles y plantas en inmuebles de dominio público o privado.
Asimismo, el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 042/2000 indica: Queda prohibida la poda del arbolado público como práctica de rutina, porque disminuye el vigor y acorta la vida de las plantas, altera la forma natural de las especies y acorta el período de aprovechamiento de sus copas. Es por ello que, desde el Área de Producción del Gobierno de Chajarí, se recuerda que aquellos vecinos que deseen realizar poda, deben tramitar la autorización correspondiente a través de una solicitud por intermedio de Mesa de Entradas del Municipio local.

(Foto: ilustrativa).

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