De esta manera se busca declarar de interés general de los vecinos del Municipio de Chajarí, y por ende, de interés municipal, a las obras de “pavimentación urbana” de diferentes arterias de la Planta Urbana de Chajarí, obras que habrán de realizarse por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras.
El proyecto de obra de pavimentación de calle Alberdi, en el tramo comprendido entre calles Córdoba y Mendoza del barrio San Clemente de nuestra ciudad, se establece visto que es política de la actual gestión del Gobierno de la Ciudad de Chajarí realizar toda obra pública que fuere de interés municipal, buscando economía, eficiencia y eficacia en tales objetivos; manifestando en sus considerando que se ha confeccionado una carpeta técnica, con pormenorizado análisis y estudio del componente de materiales, atento al tránsito de la zona a pavimentar, actualizando datos obrantes en carpetas técnicas ya existentes, adecuándolo a modernos elementos que ahora favorecen la construcción de pavimento urbano y siempre teniendo en cuenta los medios y formas locales para su ejecución.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; o financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas, hasta 72 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente. También se establece que para casos fundados y especiales podrá contemplarse un plan especial de pago mediante Ordenanza.