La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió que los monotributistas y trabajadores autónomos interesados en acceder a los créditos a tasa cero, que forman parte de las medidas de alivio por los efectos de la cuarentena lanzadas por el Gobierno Nacional, en medio de la pandemia del Coronavirus, deberán ingresar entre el 4 y el 29 de mayo a la página web del ente recaudador - http://www.afip.gov.ar – con la clave fiscal correspondiente, donde habrá una solapa titulada “Créditos a tasa cero”, y desde allí se podrá ver si se puede o no ser beneficiario y, en tal caso, poder iniciar el trámite. Dicha fecha, junto a otros detalles, fueron oficializados este jueves con la publicación de la Resolución General 4707 en el Boletín Oficial.
Según se informó, el sistema hará un cruzamiento de datos de manera tal que se determinará si el monotributista, de las categorías C a la K, puede acceder al crédito a tasa cero, dado que solo será posible para aquellos que no tenga otro empleo en relación de dependencia, perciban jubilación o sean proveedores del Estado, de acuerdo con los requisito establecidos.
En caso afirmativo y de acuerdo con la categoría del contribuyente, se desplegará un menú en el que se le informará el monto máximo que puede solicitar por categoría y el monto al que el monotributista desea acceder: A $52.184,84; B $78.277,22; C $104.369,93; D a K $150.000,00.
El monto pedido, s depositará en 3 cuotas iguales y consecutivas, entre mayo y julio próximos. En este sentido, la AFIP, una vez aprobado el trámite, remitirá los datos al Banco Central para verificar los datos otorgados y la autoridad monetaria será la encargada de informará la entidad bancaria con la que opera el monotributista que acredite el dinero a la tarjeta de crédito.