Ejecutivo Municipal 02 septiembre 2021

Convocatoria a vecinos de calles Baloni y Repetto por futura obra de pavimentación
La misma se realizará este jueves 2 de septiembre, a las 20 horas, en Sala Independencia del Centro Cultural Municipal. Se convoca a frentistas de calle Baloni, entre Estrada y Arroyo Yacaré, y de Repetto, entre Salvarredy y Álvarez Condarco.

El Municipio realizará dicha reunión informativa con el objetivo de conversar con los vecinos de esta zona de barrio Villa Alejandrina de nuestra ciudad sobre el proyecto de pavimentación de ambas arterias, las modalidades de pago y los posibles tiempos de ejecución, entre otros puntos.
Los proyectos de Ordenanza declarando de Interés General dichas obras se aprobaron en la sesión de este miércoles 1 de septiembre, luego de ser tratados en Comisión de Hacienda. Las obras consisten en la pavimentación de una cuadra de calle Domingo Baloni, entre Estrada y Arroyo Yacaré; y la pavimentación de 2 nuevas cuadras de calle Repetto, entre Salvarredy y Álvarez Condarco.
Dichas obras habrán de realizarse por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras. Los trabajos se harán conforme a la planimetría, elementos, materiales y demás componentes de las carpetas técnicas que fueran confeccionadas por la Secretaría de Obras Públicas del Municipio.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés; y para casos fundados y especiales (previo estudio socio-económico) podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas en el inciso anterior, hasta 60 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente.

(Foto ilustrativa)

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