El beneficio es para los vencimientos que hayan operado hasta el 31 de julio de 2016 .
Los interesados en adherirse a la moratoria pueden hacerlo hasta hoy miércoles inclusive. En este sentido, cabe mencionar que deben solicitar turnos en Rentas del Edificio Municipal, de 7 a 13 horas, presentando la documentación correspondiente al trámite a realizar. Este “Régimen de regularización y plan de pago especial de deudas tributarias” ha sido establecido por Ordenanza Nº 1652 H.C.D. El mismo estará destinado a las deudas correspondientes a: Tasa de Higiene, Seguridad y Profilaxis, Tasa General Inmobiliaria, Derecho de Construcción, Servicios de Cementerio y Contribución por Mejoras, que tenga a la Municipalidad de Chajarí como acreedor.
Para quienes se acojan por el saldo de un anterior plan de pago, la deuda a regularizar será la suma de las cuotas no ingresadas, tomándose capital más intereses y multas que se financiará sin interés de acuerdo al sistema de esta Ordenanza, pudiéndose otorgar hasta treinta y seis cuotas.
Para Casos Generales aplicables a la Tasa de Higiene, Seguridad y Profilaxis, Tasa General Inmobiliaria, Derecho de Construcción, Servicio de Cementerio y Contribución por Mejoras, al momento del acogimiento deberá abonarse la entrega del cinco por ciento de la deuda, en caso de haber optado por el régimen financiado.
En cuanto a los casos especiales, deberán realizar el pago de la primera cuota y saldo hasta en 47 cuotas. En este sentido, se entiende como casos especiales, aplicable solo a la Tasa General Inmobiliaria, aquellos en los cuales: el inmueble sea sede de la residencia del contribuyente; sea la única propiedad del beneficiario en todo el territorio argentino o que sin ser propietario, revista alguna de las figuras del responsable tributario según previsiones del Código Tributario Municipal.