A los 19 asuntos establecidos dentro del orden del día, se sumaron tres más por fuera de éste. De las Comunicaciones del Departamento Ejecutivo, ingresaron 3 asuntos elevando respuestas a pedidos de informes del Bloque FPV, que fueron recibidos en secretaría del HCD. Se trata de uno sobre la instalación de postes sobre veredas, otro sobre control de seguridad en edificaciones existentes y construcciones, y el último sobre cumplimiento del Art. 8° de la Ordenanza N° 1690, obras de infraestructura en loteo Pizzio.
Seguidamente, de las Peticiones o Asuntos Particulares, se trataron 7 asuntos. Uno proveniente del Consejo Vecinal de Barrio Chaco, y otro del Consejo de Los Trifolios, solicitando reconocimiento nuevas autoridades, que fueron elevados a la Comisión de Asuntos Generales. También ingresó una solicitud de la Asociación de Enfermería Chajarí, solicitando declaración de Interés Municipal de la Jornada de Capacitación y Actualización de Diabetes, que pasó a Desarrollo Cultural y Turístico.
Además, ingresaron un pedido de plazo por pago pavimento, de un plan especial de pago de la TGI, que pasaron a Comisión de Hacienda; y dos solicitudes de habilitación comercial por vías de excepción que se elevaron a Obras y Servicios Públicos.
De los Despachos de las Comisiones Permanentes, en esta ocasión, fueron 9 los asuntos que se trataron y se aprobaron por unanimidad, provenientes de las Comisiones de Hacienda, Asuntos Generales, y Desarrollo Cultural y Turístico.
Aquí cabe destacar la declaración de Interés Municipal del 9º Encuentro de Autos de Época Nacional e Internacional “Ciudad de Chajarí” y del Festival "Baila Chajarí". Se aprobaron las resoluciones reconociendo las nuevas autoridades del Consejo Vecinal de barrio Tagué, de barrio Santa Rosa, y de Angelita Tagliapietra; y se aprobaron tres nuevos planes especiales de pago de pavimento para vecinos de la ciudad.
Por último, fuera de orden del día, ingresaron tres asuntos, de los cuales cabe destacar la aprobación por unanimidad de la Ordenanza Nº 2075 que modifica el Artículo Nº 68 del capítulo V de la Ordenanza N° 102 HCD, referida al control de libreta sanitaria, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Condiciones para obtener el carnet de manipulador de alimentos: Darse cumplimiento a las obligaciones y requisitos contenidos en el Artículo 21° del Código Alimentario Argentino, el cual fue sustituido mediante la Resolución Conjunta N° 12/2019 de fecha 10/04/2019 y publicada el día 30/04/2019 en el B.O”.
De esta manera el Municipio de Chajarí une criterios con la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria y Secretaría de Alimentos y Bioeconomía, estableciendo como único requisito para la obtención del Carnet, realizar y aprobar un Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos, dejando sin efecto los exámenes médicos del personal que manipula alimentos, considerando que sólo son válidos para el momento que son realizados, careciendo de valor para la prevención de enfermedades transmitidas por alimentos.