Ejecutivo Municipal 12 mayo 2020

Chajarí instrumenta las salidas recreativas tras la aprobación provincial del esparcimiento responsable
El beneficio de la excepción al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio se efectuará estableciendo un protocolo de bioseguridad, en el marco de lo dispuesto por las recomendaciones del Comité de Emergencia Sanitaria provincial para el esparcimiento responsable.

Dicho protocolo contempla que para hacer uso de la salida de esparcimiento no se requerirá permiso de circulación, pero los vecinos deberán salir con su Documento Nacional de Identidad. Se podrán hacer actividades de caminata, trote y ciclismo.

Alcances y características de la medida

Las actividades de caminata, trote podrán realizarse, de 14 a 16 horas, los siguientes días. Martes, jueves y sábado: salida de jóvenes y adultos, en forma individual. Miércoles, viernes y domingo: salida de niños y niñas de hasta 12 años de edad, en compañía de una persona mayor conviviente. La duración máxima de las mismas es de 1 hora.
A los efectos de evitar la movilidad de la población se establecen circuitos de esparcimiento en distintos sectores de la ciudad. Quien haga uso de esta excepción deberá optar por el más cercano a su domicilio. Los circuitos establecidos son los siguientes: Av. 9 de Julio, desde Lombardía hasta Av. 28 de Mayo. Av. Alem esquina Av. 9 de Julio hasta Autovía Nacional N°14. Av. Dr. Casillas desde Av. 28 de Mayo hasta Arco de Acceso a la ciudad. Playón polideportivo municipal y predio de la ex Estación del Ferrocarril. En estos espacios no está permitido el uso de juegos infantiles y gimnasios.
Por su parte, los adultos/mayores de 60 años podrán efectuar actividades de caminata y trote los días martes, jueves y sábado, de 9 a 11 horas, en los mismos circuitos y con la misma duración que la indicada anteriormente. Podrán hacer uso de esta salida las personas que no presenten enfermedades respiratorias o cardiovasculares y que no tengan afecciones tales como diabetes, ya que son la población con mayores riesgos en caso de contagio. Los adultos mayores que se encuentren en residencias geriátricas o gerontológicas no podrán realizar estas salidas.
En todos los casos, el traslado hacia los lugares de esparcimiento se deberá efectuar caminando.
En cuanto a las actividades de Ciclismo, las mismas podrán efectuarse de 13 a 16 horas los días martes, jueves y sábado para jóvenes y adultos, en forma individual en circuitos de ciclismo y caminos rurales del ejido de la ciudad de Chajarí. La duración máxima de la actividad también deberá ser de 1 hora.

Medidas de autoprotección

Para poder llevar a cabo estas medidas, el Municipio de Chajarí adopta las recomendaciones para el esparcimiento responsable especificadas
por el Comité de Emergencias Sanitarias en el Documento COES ID: DCOES050, en especial las siguientes:
Realizar una adecuada limpieza de manos, antes y después de la salida. Usar tapabocas en forma obligatoria. Los mismos también pueden combinarse con anteojos. Mantener la distancia social lateral de 2 metros y de anterior/posterior de 15 metros, respecto de otras personas que estén realizando actividades similares.

Marco normativo

El artículo 8º del Decreto de Necesidad y Urgencia N°408/2020 del Gobierno Nacional estipula que “Las personas que deben cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio podrán realizar una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de quinientos (500) metros de su residencia, con una duración máxima de sesenta (60) minutos, en horario diurno y antes de las 20 horas. No se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a dos (2) metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta doce (12) años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente (…) Para esta salida se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero”.
La provincia de Entre Ríos, por su parte, emitió primeramente el Decreto MGJ N°603/2020 que estipula, en los artículos 3° y 4° que “las Autoridades Municipales, Comunales y de las Juntas de Gobierno, podrán solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la autorización para que en sus respectivas jurisdicciones se autorice la habilitación a fin de posibilitar la salida de esparcimiento contemplada en el Artículo 8º del DNU N° 408/20 PEN”. Se estipula, además, que estas solicitudes se deben presentar "junto con el protocolo de seguridad sanitaria y las medidas de control a aplicarse en su jurisdicción”.
Así lo hizo el Municipio de Chajarí con fecha 8 de mayo de 2020. Posteriormente, el 11 de mayo, el Gobierno de Entre Ríos autorizó estas salidas en todo el territorio provincial por intermedio del Decreto GOB N°665/2020, previa adhesión de la autoridad municipal e incluyó, además, recomendaciones del Comité de Emergencia Sanitaria (COES) para la implementación de estos momentos de esparcimiento.

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