Salud 23 agosto 2018

Chajarí impulsa la implementación de ambientes 100% libres de humo de tabaco
Este viernes 24 de agosto, a las 11 hs, habrá una charla que estará a cargo de Cynthia Wolosko, Licenciada en Administración de la Salud, referente del Programa provincial de Control de Tabaco. La actividad se desarrollará en el Centro Cultural Municipal.

Este viernes 24 de agosto, a las 11 hs, habrá una charla que estará a cargo de Cynthia Wolosko, Licenciada en Administración de la Salud, referente del Programa provincial de Control de Tabaco. La actividad se desarrollará en el Centro Cultural Municipal.
La capacitación está orientada a personal municipal, y se lleva a cabo como parte de las actividades ofrecidas por el Gobierno en el marco del programa Proteger.
En mayo del presente año, por iniciativa del Bloque de Concejales de Cambiemos, el Gobierno de la ciudad se adhirió a la Ley Nacional Nº 26.687 de Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, a los fines de fortalecer los trabajos de prevención y asistencia de la población ante los daños que produce el tabaquismo.
Dando cuenta además, que esta iniciativa constituye una de las principales acciones de promoción de la salud y forma parte de un plan integral de Prevención y Control de Enfermedades Crónicas no Transmisibles.
Cabe recordar que el Concejo Deliberante ya adhirió por Ordenanza Nº 655 a la Ley Provincial Nº 9862 “Entre Ríos libre de Humo de Tabaco” por lo cual se llevó adelante una campaña para que los edificios públicos estén libres de humos de tabaco.

Programa Proteger

El objetivo del mismo es resguardar a la población vulnerable de todas las enfermedades crónicas no transmisibles.
Su eje estratégico es combatir las enfermedades no transmisibles, cardiovasculares, respiratorias crónicas, diabetes y cáncer, que representan el 60% de las muertes en nuestro país. Sus factores de riesgo son el tabaquismo, el sedentarismo, la mala alimentación y el consumo de alcohol.
Se propone como objetivos reducir la prevalencia de factores de riesgo, la mortalidad por estas enfermedades y mejorar el acceso y la calidad de atención médica.
Por ello, “Proteger” involucra a diversas áreas municipales que, desde sus espacios, toman intervención, concientizan y difunden las diversas actividades que se realizan para la toma de consciencia y la creación de hábitos saludables. Asimismo, se trata de un proyecto que tiene tres ejes fundamentales: la actividad física, comer rico y saludable y el control del tabaco.

Ley Nacional Nº 26.687

Luego de años de debate, el 14 de junio de 2011 se promulgó la ley nacional de control del tabaco. Los aspectos más importantes de la ley incluyen los siguientes puntos:
1- Disponer la prohibición total de fumar en ambientes públicos y lugares de trabajo.
2- Prohibir la total publicidad, promoción o patrocinio de actividades por empresas tabacaleras de sus marcas en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión.
3- Los paquetes de cigarrillos deben llevar “una imagen y un mensaje que describa los efectos nocivos del consumo.
4- Se incluye un pictograma de advertencia sobre el daño, que ocupa el 50 por ciento inferior de una de las superficies principales. En uno de los laterales del paquete se incluye información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministre el Ministerio de Salud.
5- La ley prohíbe la venta de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años.
6- También se prohíbe la venta en paquetes abiertos (es decir, por unidad), a través de máquinas expendedoras o por cualquier método que impida verificar la edad del receptor.
7- La norma impide fumar en lugares de trabajo cerrados y cualquier espacio cerrado destinado al acceso de público y aclara que las personas no fumadoras tendrán derecho de exigir al responsable del local que conmine al infractor a cesar en su conducta. Y deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición.
8- La ley también regula la composición de cigarrillos o cigarritos en cuanto al alquitrán máximo, 10 miligramos desde el segundo año de vigencia de la ley–, la nicotina máximo, un miligramo y el monóxido de carbono 10 miligramos.
9- Se establece el permiso de fumar en patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre, salvo en establecimientos de salud o de enseñanza primaria y secundaria, así como en clubes de fumadores o tabaquerías con áreas especiales.
10- Los infractores multas deberán pagar un monto que va desde el valor equivalente al precio de venta al público de 250 a un millón de paquetes de cigarrillos de los de mayor precio comercializados en el país.

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