Legislativo 14 septiembre 2017

Barrio El Naranjal elige su Consejo Vecinal
Será este jueves, a las 20:30 hs., en el Playón Polideportivo Municipal.

Será este jueves, a las 20:30 hs., en el Playón Polideportivo Municipal.
De esta manera se sigue con el cronograma de renovación de autoridades de las Comisiones Vecinales de los diferentes barrios, quienes se desempeñarán en sus funciones a lo largo de un año según lo establecido por Ordenanza Nº 1074 del HCD. El Gobierno de la Ciudad invita a los vecinos a participar en la elección de sus representantes.

Consejos Vecinales. Funciones y características generales

La Ordenanza Nº 1074 del Honorable Concejo Deliberante establece en su artículo 1º las funciones más importantes de estos Consejos Vecinales. Algunas de ellas son: procurar y obtener la armonía en el vecindario que representen, en el entendimiento y colaboración mutua entre sus iguales y otras entidades de bien común; garantizar canales de participación ciudadana, desde la responsabilidad social y la solidaridad entre conciudadanos.
Además se debe colaborar con la Municipalidad en la solución de problemas y desarrollo de políticas de Estado; canalizar los reclamos colectivos barriales y difundir los proyectos, planes de obras y cualquier otra medida adoptada por el Gobierno Municipal.
Por otro lado, dicha Ordenanza indica que tendrán derecho a integrar y a elegir los integrantes de los Consejos Vecinales, los vecinos de la jurisdicción, con una antigüedad mínima de residencia en el barrio de 6 meses y que sean mayores de 18 años.
Los Consejos Vecinales están integrados por los siguientes miembros: un presidente, un secretario, un tesorero, un revisor de cuentas, hasta siete vocales titulares y hasta siete vocales suplentes. Dichas personas durarán un año en sus funciones, o menos, en caso de mediar circunstancias especiales, pudiendo ser reelectas.
Asimismo, los Consejos Vecinales deberán gestionar su reconocimiento ante la Municipalidad, mediante una nota dirigida al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación, junto al libro de actas correspondiente. De la misma manera, deben presentar cuatrimestralmente al organismo municipal competente, una planilla con ingresos y egresos, acompañada de los comprobantes correspondientes.

(Foto ilustrativa)

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