Comunicación,Gobierno 25 noviembre 2016

El Gobierno de Chajarí firma este viernes un convenio con la Secretaría de Modernización del Estado y Participación de Entre Ríos
El mismo será rubricado por el Intendente Pedro Galimberti y la Secretaria, Lucrecia Escandón. La rúbrica se realiza en Paraná.

El mismo será rubricado por el Intendente Pedro Galimberti y la Secretaria, Lucrecia Escandón. La rúbrica se realiza en Paraná.
Dicho convenio, entre sus considerandos, indica que son funciones del Ministerio intervenir en todo lo relativo a las relaciones políticas y administrativas con los Municipios así como también en los asuntos relacionados con las Comunas. Además, hace hincapié en que el Ministerio de Gobierno y Justicia a través de la Secretaría de Modernización del Estado y Participación Ciudadana está llevando adelante proyectos que tienen por objetivo modernizar las estructuras administrativas del Estado con miras a prestar un servicio de calidad a la ciudadanía.
“Tomamos contacto con la Secretaría de Modernización a raíz del lanzamiento del Centro de Atención al Vecino en nuestra ciudad y, en ese marco, surgió la posibilidad de llevar adelante este convenio para intercambiar el desarrollo de sistemas informáticos para crear un esquema de trabajo compartido”, explicó el Lic. Gustavo Pizzio, Director del Programa de Comunicación Estratégica y Medios Públicos del Gobierno de Chajarí.
Además, el funcionario agregó que el objetivo sería compartir el sistema informático que se hizo para el CAV y, por otro lado, el Gobierno de Chajarí dispondría de un desarrollo que hicieron para la emisión de la versión digital de los recibos de sueldo, “es un proyecto que tenemos intenciones de realizar, a futuro, dentro del Gobierno de Chajarí”, aseguró.
Por otro lado, también dentro de los considerandos, este convenio afirma que la Secretaria de Modernización del Estado y Participación Ciudadana tiene entre sus funciones las de atender en todo lo inherente a la planificación y coordinación de Políticas Públicas que impliquen la modernización del Estado. También, indica que el Ministerio de Gobierno y Justicia a través de la Secretaría de Modernización del Estado y Participación Ciudadana diseñó un Plan de Modernización. El mismo establece entre sus objetivos constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano, mediante un conjunto de transformaciones institucionales y culturales que mejoren los procedimientos administrativos, la organización y el funcionamiento de los organismos públicos, teniendo como ejes estratégicos los de Gobierno Digital e Innovación Tecnológica para la Gestión y Gestión de la Calidad en la Administración Pública.
“Se trata de un convenio marco que, eventualmente, dará lugar a convenios específicos donde podamos pautar acciones mancomunadas entre el Municipio y el Gobierno de la Provincia a través de esta Secretaría”, aseguró Gustavo Pizzio. “También, es importante destacar que en la primera parte del año, esta Secretaría realizó un aporte al Gobierno de Chajarí $20.000 para la compra de equipamiento básico para la instalación del Centro de Atención al Vecino”, añadió.
En cuanto a las clausulas que dicho convenio, la primera indica que las partes celebran el acuerdo con el objeto de desarrollar vínculos de cooperación en las materias mencionadas como ejes del Plan de Modernización. La clausula siguiente, afirma que las acciones, proyectos y actividades concretas que surgirán de la ejecución del acuerdo, serán objeto de celebración de Convenios Específicos a suscribir por separado del presente documento. Entre otros aspectos, en los Convenios Específicos se indicarán los objetivos, tareas a ejecutar, así como los cronogramas de avance, derechos y obligaciones de cada una de las partes y demás cuestiones tendientes al logro de los objetivos fijados en cada caso.
Además, cabe mencionar que este acuerdo tendrá una duración de tres años calendario a partir de su firma, pudiendo ser prorrogado de mutuo acuerdo, para lo cual las partes deberán cursar notificación fehaciente en donde se exprese dicha voluntad, con una antelación no menor a sesenta días corridos a la extinción del citado plazo.

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