De esta manera ha sido se declara de interés general de los vecinos del Municipio de Chajarí, y por ende, de interés municipal, a las obras de “pavimentación urbana” de 7 cuadras de calle Adolfo Repetto de la Planta Urbana de Chajarí, obras que habrán de realizarse por administración municipal, sujeto, el recupero de toda inversión, al Régimen de Contribución por Mejoras. El proyecto del Ejecutivo había ingresado en la sesión del jueves 3 de octubre del Concejo Deliberante, siendo elevado a la Comisión de Hacienda para su tratamiento.
Como es habitual antes de dar inicio a las obras de pavimento, el Gobierno de la ciudad convocó a una reunión informativa a los frentistas de esta calle, la cual se desarrolló el martes 8 de octubre a las 20 hs en Sala Independencia del Centro Cultural. La misma se llevó a cabo con el objetivo de conversar con los vecinos sobre el proyecto de pavimentación, las características de la obra, los costos, las modalidades de pago y los posibles tiempos de ejecución, entre otros puntos.
La nueva obra de pavimentación en barrio 1º de Mayo se hará conforme a la planimetría, elementos, materiales y demás componentes de la carpeta técnica que fuera confeccionada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Chajarí. Oportunamente se realizará una convocatoria a los vecinos frentistas para informar sobre las características de la misma, las modalidades de pago y los posibles tiempos de ejecución, entre otros puntos.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas manteniendo el precio establecido; o financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 54% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas, hasta 72 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 54% según la evaluación que se realice del mismo. También se establece que para casos fundados y especiales podrá contemplarse un plan especial de pago mediante Ordenanza.