El Artículo 1° de dicho proyecto indica: declarase de interés general de los vecinos del Municipio de Chajarí, y por ende, de interés municipal, a las obras de pavimentación urbana de la calle Brasil, tramo comprendido entre Av. 9 de Julio y el Arroyo Yacaré, obras que habrán de realizarse por administración municipal, sujeto el recupero de toda la inversión, a través del Régimen de Contribución por Mejoras.
Del mismo modo, el Artículo 2° dispone construir como Obra Pública Municipal, por administración y conforme a lo establecido en el artículo anterior, la pavimentación y ornato adyacente de arterias de la ciudad en la cantidad y ubicación antes individualizada, lo que se hará conforme a la planimetría, elementos, materiales y demás componentes de la carpeta técnica confeccionada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio.
Como se establece en cada obra de pavimentación, los vecinos frentistas podrán abonar de forma contado y/o hasta en 3 cuotas iguales y consecutivas; financiado hasta en 36 meses con cuotas iguales y consecutivas sumando al precio establecido un interés del 18% anual, aplicando para su liquidación el sistema Francés; y para casos fundados y especiales (previo estudio socio-económico) podrá ampliarse el número de cuotas con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Además, se indica que el Departamento Ejecutivo podrá ampliar la cantidad de cuotas previstas en el inciso anterior, hasta 60 cuotas, aplicando el sistema francés de amortización y una tasa anual del 18% únicamente en los casos que se trate de vivienda única del contribuyente y se justifique según la evaluación que se realice de la situación socio-económica del mismo, bajo la responsabilidad de un profesional en Trabajo Social asignado por el municipio, que confeccionará un informe que respalde dicha excepción que se deberá adjuntar al legajo del contribuyente.