Ejecutivo Municipal 10 agosto 2022

Chajarí firmó convenio para el traslado y disposición final de los neumáticos fuera de uso
La rúbrica se concretó este martes 9 de agosto, entre el Gobierno municipal y la firma Worms Argentina SA. El acuerdo será enviado al Concejo Deliberante para su ratificación.

Dicho convenio, en su Artículo 1° indica que el Municipio entregará a la empresa, sin costo alguno, los neumáticos fuera de uso que se encuentran en la Planta de Tratamiento de Residuos a la fecha y hasta agotar el stock existente, debiendo la firma que los recibe expedir constancia/recibo del total de neumáticos que retira. Worms Argentina SA, por su parte, se obliga a retirar los neumáticos y trasladarlos hasta su lugar de destino, haciéndose cargo de los costos que ello implique.
Asimismo, cabe mencionar que, tal como se indicar en el Artículo 4°, el convenio rubricado tendrá vigencia hasta el 9 de diciembre de 2023 y/o hasta agotar stock existente en la Planta, pudiendo renovarse el mismo por un periodo igual, siempre y cuando continúe habiendo neumáticos fuera de uso.
Cabe recordar que el proyecto del Ejecutivo Municipal fue aprobado por Ordenanza Nº 2697 en la sesión del miércoles 27 de julio de este año, luego de ser tratado en Comisión de Asuntos Generales. La misma autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios que sean necesarios para retiro y traslado por parte del gestor de los neumáticos fuera de uso (NFU) que el Municipio tiene acopiados y/o que se acopiaren en el futuro a su destino final, extendiendo el gestor autorizado a tal efecto, el correspondiente certificado de disposición final.
Asimismo, se establece que el retiro de los NFU que la Municipalidad tiene acopiados en la Planta de Tratamientos será sin costo para el Municipio, en virtud de la entrega al gestor de los NFU que se contratare al efecto. La Autoridad de Aplicación, por su parte, será el Departamento Ejecutivo Municipal, autorizándoselo a delegar las facultades que por este artículo se le confieren en la secretaría o repartición con incumbencia en razón de la materia.
Dentro de los considerandos del proyecto convertido en Ordenanza, se hace hincapié en que "resulta necesario trabajar en la prevención de daños ambientales provenientes del manejo de elementos que en su producción utilizan productos susceptibles de contaminar. Entre ellos encontramos los neumáticos fuera de uso, es decir, aquellos que han sido utilizados por el parque automotor, motocicletas, maquinarias, aeronaves y otros equipos de transporte que hayan sido retirados del uso y de la circulación efectiva por no cumplir con las normas y/o estándares vigentes de seguridad vial. Se excluyen neumáticos de dispositivos para personas con discapacidad, dispositivos menores tales como bicicletas, triciclos y aquellos que forman parte de juguetes, entretenimientos o de servicio de personas.
De la misma manera, se menciona que "contamos, en este sentido, con variada legislación; la Ley Nº 25.675 de presupuestos mínimos de Gestión Sustentable y Adecuada del Ambiente; la Resolución Nº 523/2013 de Manejo Sustentable de Neumáticos, de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno Nacional. En cuanto a esto, hay que decir que los neumáticos que utilizan los vehículos, tanto de uso particular, como transporte público y maquinarias, que en su estructura contienen caucho, telas, metales, etc. y que una vez usados y concluía su vida útil, (…) lo que constituye el denominado Neumático Fuera de Uso (NFU), que han sido catalogados como residuos de generación universal y que por sus condiciones ambientales, características de peligrosidad, riesgo o potencial efecto nocivo para el medioambiente; requieran de una gestión ambientalmente adecuada y diferenciada de otros recursos".
"La ausencia de una adecuada gestión de los neumáticos fuera de uso se ha transformado en uno de los problemas medioambientales más serios a nivel mundial, según las afirmaciones de organismos especializados en el tema, cuando no son gestionados adecuada y sustentablemente representan un relevante impacto de contaminación o daño ambiental y posible afectación a la salud de la población", agrega.
En este sentido se indica "que es necesario abordar el manejo de esos residuos, y una efectiva estrategia tendiente a la prevención lo constituye evitar que los NFU permanezcan como desecho en el estado en que quedan, hecho que es posible con la promoción de la industria de su reciclado, que requiere de medidas políticas que alienten la erradicación de los mismos y a su transformación, reutilización y reciclaje, y en su caso, reducir a la máxima posibilidad los residuos destinados a Disposición Final; asimismo se debe regular el espacios cuya ubicación sea del menor riesgo posible para esa Disposición Final".
Manifestando por último "que se puede promover desde el Municipio una política de fomento e incentivación del manejo de los NFU con aplicación de mejores técnicas disponibles y de mejores prácticas ambientales, tendiendo a desalentar y erradicar su disposición final en vertederos".

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