Las nuevas disposiciones, enumeradas en el Decreto Nº 895 del Gobierno de Entre Ríos, buscarán reducir la velocidad de los contagios en los conglomerados urbanos más importantes de Entre Ríos a través de medidas focalizadas en actividades puntuales y por un tiempo acotado.
Por esta razón, del 3 al 7 de mayo, se suspende el dictado de clases presenciales en todos los niveles, en las ciudades de Concordia, Colón, San José, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, y Gran Paraná (Paraná, Colonia Avellaneda, San Benito y Oro Verde). Localidades consideradas de alto riesgo epidemiológico y sanitario. Siendo considerados de Alto Riesgo los departamentos de Colón, Concordia, Diamante, Federal, Gualeguay, Gualeguaychú, Islas del Ibicuy, La Paz, Nogoyá, Paraná, San Salvador, Tala, Uruguay, Victoria y Villaguay.
En este sentido, cabe aclarar que nuestro departamento Federación, junto al de Feliciano han sido declarados como zona de "Riesgo Medio". Por lo cual se continúa con el dictado de clases presenciales, aunque se establecen medidas como la restricción de permanencia en espacios públicos, plazas, parques y paseos entre las 20 horas y las 6 horas.
Continúa la restricción de la circulación en todo el territorio provincial entre las 0 y las 6 de la mañana de lunes a domingo inclusive. No se podrán realizar reuniones sociales o familiares en los domicilios particulares con más de 10 personas.
En espacios cerrados se podrá ocupar el 50% de la superficie. Esta disposición comprende eventos culturales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales, gimnasios y salones. El sector gastronómico podrán seguir realizando sus actividades respetando los protocolos vigentes aprobados por el COES con un aforo del 50%.
Siguen suspendidos los viajes grupales de egresados, jubilados, grupos turísticos y para realización de actividades recreativas y sociales. El transporte público seguirá funcionando de acuerdo a los protocolos vigentes.
También se establece, en todos los ámbitos, que se deberán atender las siguientes reglas de conducta: Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros. Deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos. Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante. Las personas deberán higienizarse asiduamente las manos. Se deberá toser o estornudar en el pliegue del codo.
Se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.
En cuanto a la ciudad de Chajarí, la misma adhiere al Decreto Nº 895 del Gobierno de Entre Ríos, tal como establece el mismo en su Artículo 9: "el presente Decreto es de orden público, y en ningún caso podrá ser alterado por las autoridades municipales o comunales, salvo el ejercicio de la facultad para disponer medidas sanitarias más restrictivas, focalizadas y por tiempo determinado".