En el Artículo 1° del Decreto N°549/2020, se detallan las diferentes disciplinas que pueden retornan sus actividades. Las mismas son: bochas, tenis de mesa, ajedrez, atletismo, patín artístico y carrera, motociclismo y automovilismo, beach vóley, pádel (en cancha cerrada), pelota a paleta (en cancha cerrada), gimnasia deportiva, natación y esgrima. El horario habilitado para llevar adelante dichos deportes, por su parte, es de 8 a 21 horas, todos los días de la semana.
Por otra parte y dentro de los considerandos del Decreto, se menciona que, hasta el momento, la localidad de Chajarí no presenta transmisión por conglomerado del virus Covid-19, lo que permite esta adhesión a las normas provinciales; y que, con anterioridad, el Municipio dictó el Decreto N° 496/2020 que autoriza el desarrollo de actividades religiosas de las organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto y la apertura de los gimnasios.
Del mismo modo, a través del Decreto N° 428/2020 Ad Referéndum HCD, el Gobierno local adhirió al desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas individuales y, también, se hace hincapié en que, para el desarrollo responsable de las actividades habilitadas, los establecimientos deberán contar con la autorización municipal correspondiente y la presentación de la Declaración Jurada que ha sido solicitada a todos los comercios que fueron habilitándose durante el período de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Dicha declaración debe descargarse de www.chajari.gob.ar y presentarse, desde este jueves 30 de julio, en el Centro de Atención al Vecino (Av. 9 de Julio casi Salvarredy), de lunes a viernes de 7 a 19 horas.
Finalmente y en cuanto al protocolo de bioseguridad a tener en cuenta, se sugiere, para todos los casos, entre otras cuestiones, utilizar elementos personales; respetar el distanciamiento social; limpiar y desinfectar con frecuencia; disponer de elementos de higiene; y no asistir en caso de presentar síntomas.