Mediante el mismo, se dispone que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la ciudad elabore un programa de reparación de la trama vial, priorizando todos los recursos humanos, equipos viales, profesionales y económicos de dicha secretaría a esta tarea y la gestión de aportes ante organismos provinciales, como la Dirección de Hidráulica, CAFESG, Ministerio de Planificación de la provincia de Entre Ríos, como contrapartida de gastos y trabajos a realizar.
También se priorizará el pago de servicios extraordinarios para el personal afectado a la emergencia vial; y se dispondrá que, por Dirección de Tránsito y Junta de Defensa Civil, se realicen la identificación, señalización y la adopción de medidas necesarias y extraordinarias (cambio de mano, corte de calles) para evitar inconvenientes en los vehículos que transitan las calles.
El mencionado Decreto también dispone la coordinación de un trabajo conjunto con la repartición de Vialidad Provincial, autorizando al Departamento Ejecutivo a absorber los costos o gastos que pueda demandar el mismo.
Por último, también se autoriza al Ejecutivo que, sólo en caso de extrema necesidad y urgencia, contrate servicios de equipos y compra de ripio en forma directa, al no poder cumplir con los tiempos mínimos requeridos para cumplir con los pasos de una compra por licitación privada.
De esta manera, el Gobierno de la ciudad adopta medios alternativos destinados a obtener resultados favorables, prácticos y concretos destinados a acordar operaciones de reparación de la trama vial, con el menor costo posible y aunando esfuerzos de distintas reparticiones públicas.