Educación 09 marzo 2023

34 egresados del Centro Municipal de Capacitación Laboral pueden acceder a subsidios reintegrables de 150 mil pesos
La inscripción cerró el miércoles 8 de marzo y se realizó a través de la página www.chajari.gob.ar. En esta primera convocatoria se entregarán 20 subsidios.

Estos subsidios reintegrables se entregarán a través del Programa de Estímulo Laboral aprobado por Ordenanza Nº2790 del HCD, la cual ha sido promulgada por Decreto Nº155. Debido a que los inscriptos superan el total de subsidios previstos en el programa, se llevará a cabo la elección de los beneficiarios según un orden de prelación previsto por la Autoridad de Aplicación: la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Tal como se indica en la Ordenanza que lo establece, este nuevo programa estará destinado a promover el trabajo independiente y el fortalecimiento de proyectos elaborados por vecinos de Chajarí que hayan cursado y aprobado los correspondientes talleres ofrecidos por el Centro de Capacitación Laboral, dependiente de la Dirección de Educación.
El monto de subsidio reintegrable a otorgar por emprendedor será de hasta $150.000 a devolver en 15 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación, a partir del tercer mes de otorgado el beneficio. Los interesados deberán tener domicilio en Chajarí y presentar, para su inscripción, el Certificado emitido por el Centro Municipal de Capacitación Laboral y un proyecto con el emprendimiento que deseen llevar a cabo, el que deberá detallarse por etapas y elementos a adquirir con su correspondiente presupuesto.
Del mismo modo, se hace hincapié en que el titular del beneficio deberá rendir comprobantes de compra de los elementos/herramientas que fueran incluidos dentro del proyecto, en un plazo de 30 días de otorgado el subsidio. La firma del convenio, por su parte, se realizará entre Municipio/beneficiario, donde éste último se compromete a la devolución del monto del subsidio reintegrable en cuotas iguales y consecutivas. Las cuotas vencerán del 1 al 10 de cada mes, comenzando a abonarse el tercer mes posterior a su otorgamiento. La falta de pago de las mismas devengará en un interés equivalente al que se cobra en la Tasa General Inmobiliaria. Luego del atraso en el pago de la cuota por tercera vez consecutiva o no; se enviará la deuda a Procuración Fiscal.
Definido el listado de inscriptos, la Secretaría de Gobierno y hacienda procederá a confeccionar y suscribir los respectivos convenios, planes de pago y efectivizar la entrega del subsidio reintegrable, el que será abonado en un pago, depositado en la cuenta bancaria de presente el beneficiario.

Cargando…
Cargando…